Normatividad
Constitución Política de 1991, artículos 209 y 269.
* Articulo 209 C.P. “Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.”
* Articulo 269 C.P. “En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley, la cual podrá establecer excepciones y autorizar la contratación de dichos servicios con empresas privadas colombianas.”
Ley 87 de 1993, por la cual se reglamenta el ejercicio del Control interno.
Ley 42 de 1993, artículo 18. hace mención al análisis de los sistemas de control interno de las entidades sujetas a vigilancia
Decreto 1826 de 1994, mediante la cual se crea la Oficina Coordinadora de Control Interno.
Directiva 02 de 1994, Desarrollo de la función de control interno en las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional
Decreto 280 de 1996, crea el Consejo Asesor del Gobierno en materia de control interno
Directiva Presidencia 01 de 1997, Proporciona las directrices y precisa el desarrollo del Sistema de Control Interno.
Decreto 2070 de 1997, modifica articulo segundo del Decreto 280 de 1996
Decreto 2145 de 1999, normas sobre el Sistema Nacional de Control Interno de las Entidades y Organismos de la Administración Publica del Orden Nacional y Territorial
Directiva Presidencia 04 de 2000, fortalecimiento del Control Interno
Decreto 2539 de 2000, modifica parcialmente Decreto 2145 de 1999
Decreto 1537 de 2001, reglamente parcialmente la Ley 87 de 1993, en cuanto elementos técnicos y administrativos que fortalezcan el Sistema de Control Interno
Directiva Presidencial No. 10 de 2002, programa de renovación de la Administración Pública.
Resolución 644 de 2003, emitida por el Departamento Administrativo de la Función Publica, por la cual se regula el procedimiento para la designación de los jefes de la Oficina de Control Interno
Ley 872 de 2003, crea el Sistema de Gestión de Calidad en la rama ejecutiva del poder publico y en otras entidades prestadoras de salud.
Ley 909 de 2004, art. 34 “Obligación de evaluar: “El jefe de Control Interno tendrá la obligación de remitir las evaluaciones..”
Resolución 048 de 2004 de la Contaduría General de la Nación. Dicta disposiciones sobre el control interno contable
Decreto 1599 de 2005, por el cual se adopta el MECI para el Estado Colombiano.
Circular 06 de diciembre 2006 – Consejo Asesor del Gobierno Nacional en Materia de Control Interno.
Circular 01 de diciembre de 2007 - Consejo Asesor del Gobierno Nacional en Materia de Control Interno
Decreto 445 del 25 de noviembre de 2008 expedida por el Gobierno Nacional y el Departamento Administrativo de la Función Publica, mediante el cual se prorroga el plazo para la implementación del MECI en los municipios de 3ª, 4ª, 5ª y 6ª categoría hasta junio 30 de 2009.
Decreto 03181 del 25 de Agosto de 2009, expedido por el Gobierno Nacional y el Departamento Administrativo de la Función Publica, por el cual se reglamenta la implementación del MECI en los municipios de 3ª, 4ª, 5ª y 6ª categoría.
Circular Externa 100-0006-209 del 25 de septiembre de 2009, expedida por la Dirección DAFP, referente a la implementación del MECI en los municipios de 3ª, 4ª, 5ª y 6ª categoría.
Decreto 3181 de 2009, - Reporte información III Fase implementación del MECI
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