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Definición de Unidad u Oficina de Control Interno

Definida en la Ley 87 de 1993, como “Uno de los componentes del Sistema de Control Interno, del nivel gerencial o directivo, encargada de medir la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorando a la Dirección en la continuidad del proceso administrativo, la evaluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos”.

La Oficina de Coordinación del Control Interno se constituye así en el “control de controles” por excelencia, ya que en su labor evaluadora determina la efectividad del Sistema de control de la entidad, con miras a coadyuvar a la alta dirección en la toma de decisiones  que redireccione el accionar administrativo hacia la consecución de sus fines.

Por eso, ante todo, la función de las oficinas de Control Interno debe ser considerada como un proceso retroalimentador y de mejoramiento continuo para la gerencia pública, en tal sentido, esta labor debe ser realizada de manera permanente y oportuna, por cuanto el éxito de la gerencia radica en tomar decisiones asertivas y en el tiempo indicado.

 

Objetivos  Específicos

El objetivo general del Control Interno es el de ayudar a la Contraloría Departamental del Meta, al mejor y eficaz desempeño de sus funciones de acuerdo a su misión como son los siguientes:

  1. Proteger los recursos de la Contraloría Departamental del Meta, buscando su adecuada administración ante posibles riesgos que la puedan afectar.
  2. Velar porque todas las actividades y recursos de la Contraloría Departamental del Meta estén dirigidos al cumplimiento de los objetivos de la entidad para el logro de sus fines.
  3. Garantizar la eficiencia, eficacia y economía en todas las operaciones promoviendo y facilitando la correcta ejecución y funciones trazadas por la Contraloría Departamental  del Meta.
  4. Garantizar el cumplimiento de las leyes, reglamentos y directrices de la gestión de la Contraloría Departamental del Meta.
  5. Definir y aplicar medidas para prevenir los riesgos, detectar y corregir las desviaciones que se presenten en  la Contraloría Departamental del Meta.
  6. Asegurar la oportunidad y confiabilidad de los registros que realiza en el desempeño de sus funciones la Contraloría Departamental del Meta. 
  7. Garantizar la correcta y permanente evaluación, análisis y seguimiento de la gestión organizacional de la Contraloría Departamental del Meta.
  8. Asegurar que el  Sistema de Control Interno de la Contraloría Departamental del Meta, disponga de mecanismos de verificación, evaluación y  examen crítico de la marcha y desarrollo del mismo y proponga ajustes y correctivos pertinentes. 

 

 
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